DERECHO A LA EMIGRACIÓN POR JUSTOS MOTIVOS

Hoy recordamos los artículos del 12 al 15 de la Declaración Universal de los DD.HH. que reconoce los derechos de movimiento, asilo y el de tener una nacionalidad.
 
En un mundo dividido entre países ricos y pobres, países en conflicto y en paz; países en que existen diversas discriminaciones, bien sea por pensamiento, religión, género o etnia, y otros más tolerantes es lógico que muchas personas necesiten, no quieran, emigrar para conseguir unas mejores condiciones de vida para ellos y sus familias. Es lo que el papa san Juan XXIII, en Pacem in Terris, llama el derecho a la emigración por justos motivos.
 
En castellano existen dos palabras que resuenan como mazazos en nuestra conciencia: desterrado y desarraigado, palabras que describen a quien lo ha perdido todo, a quién se lanza al mar en una patera o recorre kilómetros y kilómetros en un ambiente hostil. De ahí, que Rufino García Antón, responsable de la Pastoral de Movilidad Humana, nos pida en el video (pincha en la foto) que recoge su testimonio que seamos acogedores y hospitalarios y que nuestras leyes tengan en cuenta los derechos de las personas que llegan a nuestro país y nuestra ciudad como emigrantes.